ir al contenido principal
Buscar
URV

Expedición de duplicado del título

  • CONCEPTO: proceso por el cual el estudiante, habiendo abonado las tasas de expedición del título o habiendo obtenido el título oficial, solicita que se le expida un nuevo título.

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

A través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV.

Consulta otras posibles vías de presentación de documentos.

Cuándo

En cualquier momento del año.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

  • Solicitud dirigida al/a la responsable de secretaría, que, si procede, la elevará al/a decano/a o director/a del centro.

  • Original y fotocopia del documento que acredite el tipo de exención, si procede.

    • Familia numerosa de categoría general o Familia numerosa de categoría especial.
    • Grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja.
    • Víctimas de violencia machista fuera del ámbito de la pareja.
    • Víctimas de actos terroristas.
    • Beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital.
  • DNI o NIE (fotocopia), pasaporte o documento nacional de identidad de nacionales de países de la Unión Europea (original y fotocopia o bien fotocopia compulsada), vigente.

1. Duplicados por motivos personales:

a) Por modificación de los datos de la solicitud (nombre, apellidos, nacionalidad, etc.):

- Documento oficial donde figure la modificación que se debe hacer.

- Entregando el título original, si ya se había recogido.

- Hacer efectiva, nuevamente, la tasa de expedición del título.
 

b) Por pérdida del título original:

- Justificante de la publicación en el BOE de un anuncio haciendo constar la pérdida. Los gastos de la publicación van a cargo de la persona interesada. La secretaría de gestión académica de campus/centro debe dar soporte al estudiante en el momento de hacer este trámite (consulta las instrucciones).

- Hacer efectivas, nuevamente, las tasas de expedición del título, si transcurridos treinta días desde la fecha de la publicación no se ha recuperado el título.
 

c) Por destrucción o deterioro del título original:

- Entregando el título deteriorado o justificantes del motivo que causó la destrucción.

- Hacer efectiva, nuevamente, la tasa de expedición del título.


 
2. Duplicados por causas no imputables al estudiante:

Errores en la grabación de datos:

- Justificación documental del error.

Coste

- La expedición del duplicado por motivos personales conlleva nuevamente el pago de la tasa de expedición del título.

- En el caso de errores en la grabación de datos, el trámite no tiene coste.

                                                                                                                                      

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de secretaría.

Cuándo

A partir del momento en el cual hayas recibido la comunicación de que tienes el título disponible.

Cómo

Presentándote personalmente a recogerlo, con el resguardo del título.

Observaciones

  • Si no puedes venir personalmente a recoger el título, podrá hacerlo otra persona debidamente autorizada presentando su documento identificativo y fotocopia del tuyo. A tal efecto, hay varias opciones:
    • Que lo hayas solicitado previamente en persona delante de la secretaría o cualquier sede de registro, firmando el documento de autorización correspondiente y presentando la documentación necesaria.
    • Que lo solicites por correo electrónico a la secretaría, desde tu correo institucional URV, adjuntando el documento de autorización correspondiente y la documentación necesaria. Si ya no dispones de dirección de correo electrónico institucional URV, puedes tener una de nuevo si te inscribes al programa Alumni.
    • Que lo solicites a través de la tramitación telemática:
      • Acceso a través del registro de trámites en línea de la URV en la Intranet y adjunta el modelo de autorización y la documentación necesaria.
      • En caso de no tener acceso a los trámites en línea de la URV, puedes presentar una instancia genérica en línea en el registro electrónico URV. Accede al enlace del Registro General de la URV, posteriormente entra en «Acceso al registro electrónico», rellena una instancia genérica y adjunta el modelo de autorización correspondiente y la documentación necesaria.        
    • Que hayas autorizado a otra persona a través de un poder notarial (más información).
  • Si resides en otra localidad podrás pedir el traslado del título en una Delegación del Gobierno o Dirección Insular, presentando la solicitud correspondiente a través de los trámites en línea. Es necesario que en esta solicitud indiques concretamente el organismo, la ciudad y dirección donde entregar el documento.

  • Si resides en otro país, podrás pedir el traslado del título en una oficina consular española o embajada, presentando la solicitud correspondiente a través de los trámites en línea. Es necesario que en esta solicitud indiques concretamente el organismo, la ciudad y dirección donde entregar el documento. Este trámite comporta el pago de una tasa.

        En función de la zona de envío se establecerá el precio correspondiente:

       - Zona 1 (Europa y Groenlandia) --> 25 €
       - Zona 2 (Resto de países) --> 30 €


* Valora antes de abonar la tasa por traslado, si necesitarás la legalización del título para que tenga validez en tu país. La legalización se realiza en el país donde se expide el título y hace falta que la realice el propio estudiante o aquella persona a quien se autorice. Has de tener en cuenta que el Ministerio de Universidades establece que, si la documentación para la legalización la presenta una tercera persona, se deberá aportar una autorización del titular del documento, debidamente firmada y acompañada del documento identificativo del interesado (no se admitirán autorizaciones enviadas por fax o correo electrónico). Si el título original no ha sido firmado por el titular, la autorización ha de realizarse mediante poder notarial.

  • En el título oficial hay que figurar una diligencia específica.

 En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.