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URV

Baja temporal por: Enfermedad o riesgo durante el embarazo. Nacimiento, riesgo durante la lactancia, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, permiso por compactación de la lactancia. Violencia de género o cualquier otra situación prevista en la normativa.

  • CONCEPTO: Es el trámite que deben seguir las personas matriculadas en un programa de doctorado que interrumpen los estudio por enfermedad, riesgo durante el embarazo, nacimiento o riesgo durante la lactancia, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, permiso por compactación de la lactancia de género o cualquier otra situación prevista en la normativa.

Trámites para solicitarlo

Quién

El doctorando o la doctoranda matriculado, o persona autorizada, con una identificación previa.

Dónde

A través de los trámites en línea de la intranet de la URV.

Si los doctorandos no tienen acceso a los trámites en línea, pueden presentar la solicitud en el registro electrónico de la Universidad Rovira i Virgili o en cualquiera de sus registros auxiliares.

Cuándo

  • En cualquier momento durante el curso académico
  • Es necesario que el doctorando o la doctoranda esté matriculado del curso vigente y, siempre que sea posible, antes de los tres meses anteriores a la fecha límite del depósito de la tesis doctoral. Se puede consultar esta fecha límite en el SAD.
  • El permiso de nacimiento/ adopción se puede solicitar como máximo hasta el día de antes de que el hijo o la hija haga un año.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

  • Solicitud dirigida a la secretaría de gestión académica de campus/centro correspondiente.
  • En las bajas por enfermedad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia: justificante médico oficial en el que conste la fecha de inicio de la baja y la previsión del alta.
  • En las bajas por permiso de nacimiento: documento oficial en que debe contar la fecha de nacimiento del hijo o la hija. La duración de estas bajas en los dos casos es de 16 semanas posteriores al nacimiento hasta que cumple el año.
  • En las bajas por permiso de adopción: sentencia oficial de adopción. La duración de estas bajas en los dos casos es de 16 semanas posteriores a la adopción del hijo o la hija.
  • En el permiso por compactación de la lactancia:
  • Personas asalariadas: Resolución expedida por la empresa en la que debe constar la duración que se podrá añadir a la baja por       maternidad o paternidad 
  • Personas autónomas: Informe de situación actual expedido por la Tesosería General de la Seguridad Social en el que conste que tiene la situación de alta como persona autónoma. En este caso, se puede introducir 4 semanas a continuación de la finalización del permiso por nacimiento.
  • En las bajas por el permiso de guarda con fines de adopción o acogimiento, se debe acreditar mediante el documento acreditativo correspondiente.
  • En las bajas por violencia de género, debe acreditarse mediante el documento acreditativo correspondiente. Lo puedes consultar aquí.

Coste

La solicitud de este trámite no tiene ningún coste.

Observaciones

  • Durante el período que el doctorando o doctoranda esté en esta situación:

    • Debe formalizar la matrícula. En caso de no hacerlo durante el curso académico 2024-25, causará baja definitiva en el programa por no haber formalizado la matrícula.

    • A la fecha límite inicial se añade la duración de la baja correspondiente para tener más tiempo para poder depositar la tesis doctoral.

    • Durante la baja, se podrá seguir evaluando y se tendrá en cuenta la situación para flexibilizar los criterios de evaluación. Si, a pesar de la flexibilidad, no se puede presentar la evaluación, será calificado con un “No presentado por baja temporal”. En caso de que un estudiante de nuevo acceso tenga una calificación de “No presentado por baja temporal” en la 2ª convocatoria, deberá solicitar anular la matrícula y preinscribirse de nuevo.

                                                                                                                 

Resolución de la solicitud

Quién

La secretaría de gestión académica de campus/centro correspondiente.

Cuándo

En el plazo máximo de 5 días.

Cómo

La secretaría de gestión académica de campus/centro actualiza los datos en el expediente y traslada la resolución correspondiente, mediante notificación electrónica, a la persona interesada. Debe enviar una copia de esta resolución a la Escuela de Doctorado, a la secretaría del departamento correspondiente y a la coordinación del programa de doctorado.

Observaciones

El doctorando o la doctoranda debe mantener el vínculo administrativo con la URV mediante la matrícula anual hasta el momento en que deposite la tesis doctoral y realice la defensa correspondiente.