Anulación total de matrícula por enfermedad grave
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CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada, con la consiguiente pérdida de los derechos de evaluación, de la condición de doctorando o doctoranda y de los beneficios que este estatus conlleve.
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites para solicitarla
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Quién
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La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.
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Dónde
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En la secretaría de gestión académica del campus/centro donde se realizan los estudios.
La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV.
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Cuándo
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Cómo
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Presentando la documentación siguiente:
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Solicitud dirigida al/a la responsable de secretaría, que si procede, lo elevará al vicerrectorado que corresponda.
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Certificado médico oficial con la fecha de inicio de la enfermedad y el período previsto de convalecencia o informes médicos emitidos por centros públicos de salud.
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Resolución de la solicitud
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Quién
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El/La responsable de secretaría del Centro.
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Cuándo
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Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Como máximo, cinco días después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede. En el cumplimiento de este plazo, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.
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Cómo
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Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada y, si procede, se actualizará el expediente del doctorando.
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Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.
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Los doctorandos, excepto aquellos que sean de nuevo acceso, a quien se los haya anulado la matrícula por enfermedad grave, la Secretaría de gestión académica de campus/centre introducirá a su expediente la baja por enfermedad de una duración de un curso académico.
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Efectos económicos
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La aceptación de la anulación de la matrícula conlleva la devolución del importe de la tutela. No procederá la devolución de los importes percibidos correspondientes a las tasas, seguros y servicios voluntarios, si procede.
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Para poder hacer efectiva la anulación solicitada se deberá estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.
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Si no se abonan los recibos correspondientes, estos serán reclamados en fase de impago y no se hará efectiva la anulación solicitada. Los doctorandos que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal:
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No se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título.
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No se podrán matricular en ninguna enseñanza de la URV, si previamente no regularizan la situación.
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El decreto de precios públicos lo establece por la misma universidad o por otra universidad catalana.
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Observaciones
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La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza y el cese de los efectos económicos y administrativos de, la matrícula efectuada.
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A los doctorandos de nuevo acceso se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula. Para iniciar cualquier otro programa, hará falta que nuevamente hagan la preinscripción oficial.
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El resto de doctorandos, para continuar los mismos estudios, deberán solicitar poder reemprender los estudios durante el curso académico siguiente al de la anulación. Pasado un curso académico de la anulación, ya no se podrán incorporar en el mismo programa y, si quieren continuar los estudios de doctorado más adelante, deberán preinscribirse a otro programa de doctorado.
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Si el doctorando es solicitante o tiene un contrato de personal investigador en formación, beca o ayuda, la secretaría lo deberá comunicar al Servicio de Gestión Académica.
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En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.