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URV

Anulación total de matrícula por interés personal: Antes del inicio de la actividad académica

  • CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada, con la consiguiente pérdida de los derechos de evaluación, de la condición de doctorando o doctoranda y de los beneficios que este estatus conlleva.

Curso de aplicación: 2024-25

 

Trámites para solicitarla

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

Antes del inicio de la actividad académica (1 de octubre).

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

                                                                                                                        

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de secretaría del Centro.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Como máximo 5 días naturales después de haber presentado la solicitud y la documentación completa, si es necesario.

Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada y, si procede, se actualizará el expediente del doctorando.

  • Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.

Efectos económicos

  • Si la solicitud de anulación se presenta antes de inicio de la actividad académica (1 de octubre) y se ha hecho efectivo el importe de la matrícula, se tramitará la devolución del importe de la tutela de la tesis, tasa de servicios de soporte al aprendizaje, seguros y servicios voluntarios, si procede. No se devolverán los importes percibidos correspondientes a las tasas de gestión del expediente y la de estudio de la trayectoria académica, si procede.

  • Para poder hacer efectiva la anulación solicitada habrá que estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.

  • Si no se abonan los recibos correspondientes en los plazos establecidos, estos serán reclamados en fase de impago. Los doctorandos que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal:

    • No se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título.

    • No se podrán matricular en ninguna enseñanza de la URV, si previamente no regularizan la situación.

  • El decreto de precios públicos se establece para la misma universidad o para otra universidad catalana.

Observaciones

  • La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza, y quedará sin efectos la matrícula efectuada.

    • En caso de que los doctorandos sean de nuevo acceso, para iniciar cualquier otro programa, deberán realizar nuevamente la preinscripción oficial.

    • El resto de doctorandos, para continuar los mismos estudios, deberán solicitar reemprender los estudios durante el curso académico siguiente al de la anulación. Pasado un curso académico de la anulación, ya no se podrán incorporar en el mismo programa y, si quieren continuar los estudios de doctorado más adelante, deberán preinscribirse en otro programa de doctorado.

  • A los doctorandos de nuevo acceso se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula, si procede.

  • Si el doctorando es solicitante de un contrato de personal investigador en formación, beca o ayuda, la secretaría lo deberá comunicar al Servicio de Gestión Académica.

 En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.