Criterios de traslado de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud
Tal y como se establece en el RD 534/2024 solo será posible valorar el cambio de universidad y/o de estudios en los casos en los cuales al estudiante se le puedan reconocer previamente un mínimo de 30 créditos.
MEDICINA
Plazas ofertadas |
8 (1) plazas |
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Requisitos de admisión |
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Orden de priorización |
Las solicitudes se irán priorizando de la siguiente manera: Primera ordenación:
Segunda ordenación:
Tercera ordenación: Dentro de cada agrupación las solicitudes se ordenaran por la media del expediente académico. (2) Cuarta ordenación: Se procederá al estudio del reconocimiento de créditos del expediente de origen de tantas solicitudes como número de plazas se oferten. El resto de solicitudes quedaran en lista de espera y solo se procederá a su estudio de reconocimiento en caso que se produzca una vacante en las plazas asignadas. |
Observaciones |
Se tendrán en cuenta otras situaciones de carácter grave y debidamente justificadas. (1) El número de plazas se revisará en función del impacto de los traslados al centro y del número de vacantes de cursos superiores. (2) El cálculo de la media del expediente de los estudiantes que provienen de universidades españolas se realizará según RD 1125/2003. - Esta declaración de equivalencia será revisada por la URV y se verificarán los datos que el estudiante ha consignado para considerarla valida. (3) Esta nota es revisará cada curso en función de la evolución de la nota de corte de los estudiantes que accedan por preinscripción. |
FISIOTERAPIA
Plazas ofertadas |
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Total |
8 (1) plazas |
Requisitos de admisión |
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Orden de priorización |
Una vez realizado el estudio de reconocimiento de créditos, y dentro de los grupos que se generen en la distribución de plazas según los créditos reconocidos, las solicitudes se priorizaran de la manera siguiente: Primera ordenación:
Segunda ordenación:
Tercera ordenación: Dentro de cada agrupación las solicitudes se ordenaran por la media del expediente académico. (2) |
Observaciones |
Se tendrán en cuenta otras situaciones de carácter grave y debidamente justificadas. (1) El número de plazas se revisará en función del impacto de los traslados al centro y del número de vacantes de cursos superiores. (2) El cálculo de la media del expediente de los estudiantes que provienen de universidades españolas se realizará según RD 1125/2003. - Se sumaran los créditos superados y se multiplicarán cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda y se dividirán por el número de créditos totales superados durante sus estudios. Los estudiantes con estudios realizados en el extranjero, deben aportar el documento de declaración de equivalencia de nota media que expide el "Ministerio de Universidades".. Sin este documento no se podrá valorar la solicitud. - Esta declaración de equivalencia será revisada por la URV y se verificarán los datos que el estudiante ha consignado para considerarla valida. (3) Esta nota es revisará cada curso en función de la evolución de la nota de corte de los estudiantes que accedan por preinscripción. (4) Para poder priorizar las solicitudes los estudiantes deberán presentar, necesariamente, la tarjeta de las Proves d'Accés a la Universitat (PAU). |
NUTRICIÓN HUMANA Y DIETÉTICA
Plazas ofertadas |
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Total |
8 (1) plazas |
Requisitos de admisión |
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Orden de priorización |
Una vez realizado el estudio de reconocimiento de créditos, y dentro de los grupos que se generen en la distribución de plazas según los créditos reconocidos, las solicitudes se priorizaran de la manera siguiente: Primera ordenación:
Segunda ordenación:
Tercera ordenación: Dentro de cada agrupación las solicitudes se ordenaran por la media del expediente académico. (2) |
Observaciones |
Se tendrán en cuenta otras situaciones de carácter grave y debidamente justificadas. (1) El número de plazas se revisará en función del impacto de los traslados al centro y del número de vacantes de cursos superiores. (2) El cálculo de la media del expediente de los estudiantes que provienen de universidades españolas se realizará según RD 1125/2003. - Se sumaran los créditos superados y se multiplicarán cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda y se dividirán por el número de créditos totales superados durante sus estudios. Los estudiantes con estudios realizados en el extranjero, deben aportar el documento de declaración de equivalencia de nota media que expide el "Ministerio de Universidades".. Sin este documento no se podrá valorar la solicitud. - Esta declaración de equivalencia será revisada por la URV y se verificarán los datos que el estudiante ha consignado para considerarla valida. (3) Esta nota es revisará cada curso en función de la evolución de la nota de corte de los estudiantes que accedan por preinscripción. (4) Para poder priorizar las solicitudes los estudiantes deberán presentar, necesariamente, la tarjeta de las Proves d'Accés a la Universitat (PAU). |