Criterios de traslado por centros
Tal y como se establece en el RD 534/2024 solo será posible valorar el cambio de universidad y/o de estudios en los casos en los cuales al estudiante se le puedan reconocer previamente un mínimo de 30 créditos.
- FACULTAD DE ECONOMÍA Y EMPRESA
- FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
- FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN Y PSICOLOGÍA
- FACULTAD DE ENOLOGÍA
- FACULTAD DE ENFERMERÍA
- FACULTAD DE LETRAS
- FACULTAD DE MEDICINA Y CIENCIAS DE LA SALUD
- FACULTAD DE QUÍMICA
- ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ARQUITECTURA
- ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA
- ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA QUÍMICA
- FACULTAD DE TURISMO Y GEOGRAFÍA
- CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA AVIACIÓN (CESDA)
- ESCUELA UNIVERSITARIA DE LA SALUD Y EL DEPORTE (EUSES)
- CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS IGEMA