Consideración de estudiante a tiempo parcial (Grado)
- CONCEPTO: es la condición que puede solicitar el estudiante que compatibilice un contrato laboral a tiempo completo o a tiempo parcial con los estudios en la Universidad.
El estudiante a tiempo parcial es tratado específicamente como tal en la Normativa de permanencia.
Podrán solicitarlo también aquellos estudiantes que acrediten una discapacidad y aquellos que se encuentren en circunstancias excepcionales (por motivos de salud o situaciones familiares especiales).
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites de la solicitud
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Quién
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La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.
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Dónde
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En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.
La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV.
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Cuándo
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Del 2 de mayo al 30 de octubre
Del 5 al 26 de febrero, durante el período extraordinario de modificación de matrícula, los estudiantes a tiempo parcial podrán solicitar el cambio a tiempo completo.
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Cómo
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Presentando la documentación siguiente:
- Solicitud dirigida al/a la responsable de la secretaría, que, si procede, la elevará al/a la decano/a o director/a del centro.
- Documento acreditativo de su contrato laboral, vigente, a tiempo completo o a tiempo parcial, u otra documentación equivalente. Si la justificación aportada por el estudiante corresponde a documentos emitidos en el extranjero, el centro valorará si se acredita suficientemente el vínculo laboral.
- Si la justificación aportada por el estudiante corresponde a documentos emitidos en el extranjero, el centro valorará si se acredita suficientemente el vínculo laboral.
- Estudiantes con un grado mínimo de discapacidad del 33%. Esta condición se acredita presentando el certificado expedido o validado por el Institut Català d’Assistència i Serveis Socials u organismo equivalente a otras comunidades autónomas. También se puede acreditar con la tarjeta acreditativa de la discapacidad, emitida por el departamento competente de la Generalitat de Catalunya, acompañada del DNI o NIE.
- Documento que justifique las circunstancias especiales alegadas (en caso de alegar motivos de salud, hay que presentar el certificado médico oficial).
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Coste
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La solicitud de este trámite no tiene ningún coste.
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Observaciones
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- El estudiante a tiempo parcial debe matricularse cada curso académico de entre 18 y 48 créditos ECTS, excepto en el caso de que le quede un número inferior de créditos para finalizar los estudios.
- Dentro de estos 18 / 48 créditos, habrá que matricularse, necesariamente, de las asignaturas de formación básica o formación básica y obligatorias, según el centro, matriculadas y no superadas el curso inmediatamente anterior.
- Los estudiantes de doble titulación no pueden optar a la consideración de estudiante a tiempo parcial, excepto en el caso en que se aleguen situaciones excepcionales que deberán ser valoradas desde el vicerrectorado correspondiente.
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Resolución de la solicitud
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Quién
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El/La decano/a o director/a del Centro o, en aquellos casos en que el documento acreditativo se adecúe a aquello que establece la Normativa de matrícula de grado y máster de la URV, el/la responsable de secretaría (solicitudes de compatibilización de estudios con contrato laboral, acreditación de discapacidad y enfermedad grave).
Las solicitudes que aleguen situaciones especiales serán resueltas desde el vicerrectorado correspondiente.
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Cuándo
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Siempre que sea posible, en el momento de presentar la solicitud.
Como máximo, cinco días hábiles después de haber presentado la solicitud y documentación completa, en su caso.
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Cómo
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- Una vez autorizada la solicitud en sentido favorable, se introducirá el tipo de dedicación (Tiempo Parcial o Tiempo Completo) en el expediente del estudiante y se le enviará un correo electrónico con las indicaciones correspondientes.
- Si se desestima la solicitud se notificará de forma expresa al estudiante.
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Observaciones
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- Una vez se haya autorizado la condición de estudiante a tiempo parcial, esta se incorpora en el expediente del estudiante y la vigencia se mantendrá durante todos los estudios, siempre que el estudiante no solicite el cambio a tiempo completo.
- El estudiante podrá modificar esta condición en el momento de matricularse, escogiendo la condición de estudiante a tiempo completo.
- Si una vez formalizada la matrícula y pasados ya los cinco días naturales posteriores, y hasta el día 30 de octubre como máximo, el estudiante quisiera modificar su condición a tiempo completo o a tiempo parcial deberá solicitarlo en el centro y abonar la tasa de modificación de matrícula. Si se puede autorizar el cambio, se procederá a la regularización económica del importe de la matrícula.
- Los estudiantes de doble titulación no pueden optar a la consideración de estudiante a tiempo parcial, excepto en el caso en que se aleguen situaciones excepcionales que deberán ser valoradas desde el vicerrectorado correspondiente.
- Durante el período extraordinario de modificación de matrícula de febrero, los estudiantes a tiempo parcial podrán solicitar el cambio a tiempo completo.
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En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán