Adaptación entre un plan de estudios a extinguir y el nuevo plan de la URV (reconocimiento de créditos en grado)
- CONCEPTO: aceptación de los créditos que, obtenidos en estudios oficiales de la URV que se extinguen por la implantación del correspondiente título de grado, computan en el nuevo estudio de la URV para obtener un título oficial.
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites de la solicitud |
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Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. |
Dónde |
En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios. La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. |
Cuándo |
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Cómo |
Presentando la documentación siguiente:
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Coste |
Se debe abonar el importe de la tasa de estudio de reconocimiento que emite la secretaría de gestión académica de campus/centro, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente. |
Observaciones |
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Resolución de la solicitud |
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Quién |
El/La responsable de la secretaría. |
Cuándo |
Siempre que sea posible, en el momento de presentar la solicitud. Como máximo, cinco días hábiles después, salvo en los casos en que las actas de las convocatorias pendientes del estudiante no estén cerradas. * En estos plazos se tiene en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. |
Cómo |
El expediente se actualiza automáticamente, si es necesario (las resoluciones desfavorables se notifican al estudiante). |
Efectos económicos |
El estudiante estará exento de pagar el reconocimiento de las asignaturas. |
Observaciones |
El estudiante se debe matricular de las otras asignaturas a cursar dentro del plazo de matrícula. Los créditos no reconocidos serán transferidos de oficio al nuevo expediente con efecto meramente informativo. Si un estudiante, una vez resuelta la adaptación, pide anular la solicitud inicial, el centro podrá resolverlo positivamente. Esta gestión conlleva el pago de la tasa de modificación. En el caso de que el estudiante ya haya formalizado la matrícula en el nuevo plan de estudios, se procederá, de oficio, al traspaso del importe de los créditos matriculados. En la nueva matrícula se deberá abonar de nuevo las tasas. Si un estudiante, una vez matriculado en el plan no renovado, solicita adaptarse, para el mismo curso académico, al nuevo plan de estudios, el centro podrá aceptar su solicitud. El estudiante se matriculará en el nuevo plan y, una vez formalizada esta matrícula, se traspasará al nuevo expediente el importe total de la matrícula ya abonada en el plan anterior. En la nueva matrícula se abonarán las tasas de modificación de matrícula que correspondan. |
En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.