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URV

Anulación total de matrícula por interés personal antes del inicio de la actividad académica

  • CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada, con la consecuente pérdida de los derechos de examen, de la condición de estudiante y de los beneficios que este estatus conlleva.

Curso de aplicación: 2024-25

 

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

Antes del inicio de la actividad académica (9 de septiembre).

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

                                       

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Como máximo 5 días después de haber presentado la solicitud y la documentación completa, si procede. En este plazo, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada y, si procede, se actualizará el expediente del estudiante.

  • Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.

Efectos económicos

  • Si la solicitud de anulación se presenta antes de inicio de la actividad académica (9 de septiembre) y se ha hecho ya efectivo el importe de la matrícula hasta la fecha de anulación, se tramitará la devolución del importe de los créditos matriculados, tasa del servicio de apoyo al aprendizaje, seguros y servicios voluntarios, si procede.

  • Para poder hacer efectiva la anulación solicitada, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.

  • Si no se abonan los recibos que correspondan en los plazos establecidos, estos recibos serán reclamados en fase de impago y no se hará efectiva la anulación solicitada. Los estudiantes que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el período en que se encuentren en suspensión temporal no se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título. No podrán, tampoco, retomar sus estudios en la universidad en cursos posteriores sin abonar previamente los importes pendientes. El decreto de precios públicos lo establece para la misma universidad o para cualquier otra universidad catalana.

  • Una vez hecha efectiva la anulación, no se devolverán las cantidades abonadas en concepto de tasa de gestión del expediente, tasa de estudio de la trayectoria, ni tasa de estudio de convalidación, adaptación, transferencia y reconocimiento de créditos de plan de estudios que haya solicitado el estudiante. Se devolverán los importes abonados en concepto de créditos reconocidos/convalidados.

Observaciones

  • En el caso de anulación por interés personal antes del inicio del curso:

    • Si el estudiante ha hecho efectivo el importe de la matrícula con pago único, se le devolverá el importe de los créditos matriculados, la tasa de servicios de apoyo al aprendizaje, seguros y servicios voluntarios, si procede.

    • Si el estudiante ha optado por el pago fraccionado, deberá estar al corriente del pago en el momento de la anulación del recibo fraccionado vencido y procederá la devolución de los importes correspondientes a los créditos matriculados y pagados, la tasa de servicios de apoyo al aprendizaje, seguros y servicios voluntarios, si procede.

    • Si el estudiante no ha hecho efectivo el recibo de matrícula que incluye las tasas y el 20% correspondiente al primer pago fraccionado, podrá solicitar la anulación siempre que abone la parte correspondiente a las tasas académicas.

  • La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza y el cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula efectuada.

    • A los estudiantes de nuevo acceso se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula. Para iniciar cualquier estudio universitario, deberán realizar nuevamente la preinscripción oficial.

    • Para el resto de estudiantes, para continuar los mismos estudios deberán solicitar reemprender los estudios.

  • En el caso en que a un estudiante de nuevo acceso, que haya trasladado su expediente académico desde unos estudios previos, se le autorice la anulación de su matrícula, el traslado de expediente quedará sin efectos. La secretaría de centro devolverá, de oficio, el expediente académico en la universidad de origen, cosa que comunicará al estudiante.

  • Si el estudiante ha solicitado beca, esta solicitud también quedará anulada. Si ya ha percibido las ayudas vinculadas a la beca, deberá devolverlas. 

  • Si el estudiante se matriculó con la condicionalidad de solicitante de beca, se regularizará la matrícula eliminando esta condicionalidad.