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URV

Anulación total de matrícula por no haber obtenido el visado

  • CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada, con la consiguiente pérdida de los derechos de examen, de la condición de estudiante y de los beneficios que este estatus conlleva. 

 Curso de aplicación: 2024-25

 

Trámites para solicitarla

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Los estudiantes de máster que se hayan preinscrito en la cuarta fase de preinscripción no se los aplicará esta modalidad de anulación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

  • Desde el día en que se haya formalizado la matrícula hasta el 30 de noviembre.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

                                         

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría. 

Cuándo

Siempre que sea posible, cinco días hábiles después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede.

En el cumplimiento de este plazo, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. 

Cómo

  • Se notificará la resolución correspondiente a la persona interesada y, si procede, se actualizará el expediente del estudiante.
  • Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.

Efectos económicos

  • Para poder hacer efectiva la anulación habrá que estar al corriente de pago de las tasas, seguros y servicios voluntarios, si procede.
     
  • Si el estudiante ha hecho efectivo el importe de la matrícula, se le devolverá el importe de los créditos matriculados y los créditos reconocidos o convalidados, si procede. En el caso de los estudiantes de máster, la devolución generada puede incluir la parte correspondiente del importe abonado en concepto de reserva de plaza.
     
  • Si no se abonan los recibos que correspondan en los plazos establecidos, estos recibos serán reclamados en fase de impago y no se hará efectiva la anulación solicitada. Los estudiantes que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal no se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título. Tampoco podrán retomar sus estudios en la universidad en cursos posteriores sin abonar previamente los importes pendientes. El decreto de precios públicos lo establece así para la misma universidad o para cualquier otra universidad catalana.

  • Para poder hacer efectiva la anulación solicitada, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.

  • Una vez hecha efectiva la anulación, no se devolverán las cantidades abonadas por el estudiante en concepto de tasas de matrícula, seguros y servicios voluntarios, ni las cantidades abonadas en concepto de tasa de estudio de convalidación, adaptación, transferencia y reconocimiento de créditos de plan de estudios

Observaciones

  • La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza y el cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula efectuada.

    • A los estudiantes de nuevo acceso se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula. Para iniciar cualquier estudio universitario deberán realizar nuevamente la preinscripción oficial.

    • El resto de estudiantes deberán solicitar reemprender los estudios si desean continuar. 
  • Si el estudiante ha solicitado beca, esta solicitud también quedará anulada. Si ya ha percibido las ayudas vinculadas a la beca, deberá devolverlas.

En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.