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URV

Convalidación de estudios de educación superior realizados en el extranjero

  • CONCEPTO: reconocimiento oficial de la validez, a efectos académicos, de estudios superiores realizados en el extranjero, haya o no finalizado en la obtención de un título, con respecto a los estudios universitarios españoles, que puedan dar acceso a estudios en una universidad española. 

Curso de aplicación: 2024-25 

 

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación

Dónde

A través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV.

Consulta otras posibles vías de presentación de documentos.

Cuándo *

  • Período: Del 1 de abril al 30 de abril de 2024
  • Período: del 2 de mayo al 30 de octubre del 2024

(*) Los periodos de solicitud pueden cambiar cada curso. Recomendamos que se consulten cada curso académico.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

  • Solicitud dirigida al/a la responsable de la secretaría, que, si procede, la elevará al/a la decano/a o director/a del centro.

  • Documento acreditativo de la identidad:
    • Estudiantes españoles: no es necesaria la presentación del DNI porque la URV lo validará consultando a la administración correspondiente vía interoperabilidad.
    • Estudiantes extranjeros de un estado miembro de la Unión Europea: original i fotocopia o fotocopia compulsada del documento nacional de identidad de su país, pasaporte o NIE.
    • Estudiantes extranjeros de países de fuera de la Unión Europea: original y fotocopia o fotocopia compulsada del pasaporte o NIE.
  • Original y fotocopia o fotocopia compulsada del certificado académico de los estudios cursados por el solicitante, expedido por la universidad extranjera, donde consten, entre otros datos, las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada una y el sistema de calificación aplicado (legalizado y traducido, si procede)*.

  • Declaración de equivalencia de nota media de estudios y títulos universitarios realizados en el extranjero. Se puede generar en línea y de forma gratuita a través de la web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en el enlace siguiente Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros.
  • Programas de las asignaturas aprobadas. La persona interesada debe facilitar el enlace web a la guía docente de la universidad de origen identificando el curso académico que corresponda a cada asignatura. La URV podrá solicitar su traducción, si es necesario *. Alternativamente, se puede aportar el original y fotocopia de los programas de las asignaturas aprobadas, sellados y traducidos, si es necesario.

  • Fotocopia del plan de estudios de la titulación o enlace a la web de su publicación oficial. La URV podrá solicitar su traducción si es necesario *.

(*) Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse a los requisitos siguientes:

Requisitos de la legalización:

  • Los documentos deben ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país del que se trate. 

  • Deben presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, por medio de la apostilla del convenio de la Haya. No se exige ninguna clase de legalización para los documentos expedidos por las autoridades de los estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el espacio económico europeo (consultar). 

Requisitos de la traducción:

  • Los documentos deben ir acompañados de la correspondiente traducción oficial al catalán o castellano, excepto en el caso de documentos originariamente emitidos en inglés o los traducidos oficialmente a este idioma. La traducción se puede obtener:

    • Por cualquier representante diplomático o consular del Estado español en el extranjero.  

    • Por la representación diplomática o consular en España del país, de donde es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento. 

    • Por un traductor jurado debidamente autorizado e inscrito en España.

    • Por el Servicio Lingüístico de la URV, si la documentación solo debe tener efectos para este trámite en la URV.

Coste

Se debe abonar el importe de la tasa de estudio de convalidación que, tan pronto como se reciba la solicitud, enviará la secretaria de gestión académica de campus/centro, de acuerdo con lo que establece el decreto de precios públicos vigente.

Si procede, se debe aportar el original y fotocopia del documento que acredite algún tipo de exención (familia numerosa, etc.)

Observaciones

  • Si los estudiantes han finalizado con la obtención de un título extranjero, la persona interesada puede optar entre solicitar la homologación o la convalidación parcial. Las dos posibilidades no se pueden solicitar simultáneamente. Si se opta por la convalidación, no se podrá obtener la homologación. Si se quiere acceder a un grado de la URV mediante la convalidación de estudios extranjeros, hay que hacer constar en la instancia que no se ha solicitado previamente la homologación del título o, si fuera el caso, adjuntar copia de la resolución oficial en que le fue denegada.

  • Por lo que se refiere al baremo del expediente académico de los estudios previos, se considerarán las calificaciones obtenidas hasta la fecha en que finalice el periodo correspondiente, momento en el que el estudiante debe cumplir los requisitos exigidos.
  • Se tendrá en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o que tengan carácter transversal. Las asignaturas convalidadas tendrán la equivalencia en puntos que establezca ministerio correspondiente entre las calificaciones del sistema extranjero que correspondan y las propias del sistema educativo español. 

  • En ningún caso puede ser objeto de reconocimiento la asignatura de Trabajo de Fin de Grado.

  • La Junta de Centro debe aprobar los criterios y el número de plazas que tendrá en cuenta para aceptar las solicitudes de traslado y los debe hacer públicos. Consulta de los criterios específicos para cada centro/estudio.

 

Resolución de la solicitud

Quién

El decano/a o director/a de centro

Cuándo

Como máximo, un mes después de haber finalizado el período y haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede.

* En estos plazos se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

Cómo

Se notificará la resolución correspondiente a la persona interesada, en la cual se indicarán las asignaturas reconocidas y, si procede, se incorporarán en el expediente del estudiante.

  • La resolución emitida por el centro incluirá, además, la admisión o denegación de admisión de los estudiantes a quienes se haya reconocido 30 créditos o más.
  • Se notificará la resolución correspondiente a la persona interesada y, si es necesario, se abrirá el nuevo expediente en el estudio donde haya sido admitido.
  • En la resolución definitiva se se indica que no tendrá reconocimiento académico hasta que no se haya formalizado la matrícula y abonado los precios públicos en materia de convalidación de estudios.

Efectos económicos

Se deberá abonar el importe de las asignaturas convalidadas, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente.

Observaciones

• En el caso de reconocimiento de 30 créditos o más, independientemente del curso al cual pertenezcan, el centro resolverá la admisión o no del solicitante.


– En el caso de que el centro resuelva la admisión, se debe consultar el apartado siguiente: Formalización de la matrícula.

– En el caso de que el centro resuelva la no admisión, el estudiante deberá solicitar la homologación de los estudios que dan acceso a la universidad en su país. Posteriormente a esta homologación deberá superar las Pruebas de Acceso a la Universidad para extranjeros, en la UNED.
 

• Si obtiene entre 1 y 29 créditos reconocidos, el centro emite la resolución correspondiente, y a partir de ese momento, la persona interesada podrá formalizar la preinscripción universitaria únicamente para el estudio y centro para el cual haya obtenido la convalidación parcial. Se le adjudicará una nota de acceso de 5 puntos.

 

• Si no obtiene ningún crédito reconocido antes de poder solicitar la preinscripción universitaria de los estudios de grado, se debe tener en cuenta:

 

– Los estudiantes procedentes de sistemas educativos de los estados miembros de la Unión Europea o de otros estados con los cuales se hayan subscrito los acuerdos internacionales correspondientes y que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades deberán dirigirse a la UNED para obtener la credencial de los estudios realizados.

 

– Los estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachillerato Europeo o del título de Bachillerato Internacional deberán dirigirse a la UNED para obtener la credencial de los estudios realizados.

 

– En el caso de estudiantes procedentes de otros países, los solicitantes deberán dirigirse al ministerio español correspondiente, donde podrán iniciar el procedimiento previsto para la homologación de sus estudios secundarios.

 

Formalización de la matrícula

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. Siempre que haya sido admitido por el decanato/dirección del centro o habiendo obtenido plaza en el proceso de preinscripción universitaria. 

Cuándo

Durante el período en que le corresponda matricularse y que se incluye en la misma resolución (la matrícula de los estudiantes admitidos por esta vía será durante el mes de setiembre).

Cómo

El estudiante se matriculará, además de las asignaturas convalidadas, de las asignaturas que quiera cursar durante el curso académico.

Efectos económicos

El estudiante deberá abonar el recibo generado después de la formalización de su matrícula.

En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.