MODIFICACIONES DE MATRÍCULA, ampliación de asignaturas de grado
- CONCEPTO: modificación parcial que el estudiante quiere realizar en su matrícula inicial, transcurridos ya los cinco días naturales establecidos para su ajuste. En el proceso de ampliación se pueden añadir nuevas asignaturas a las matriculadas inicialmente.
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites de la solicitud |
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Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. |
Dónde |
En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios. La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. |
Cuándo |
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Cómo |
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Coste |
Si se puede autorizar y formalizar el trámite solicitado, se debe abonar el importe de la tasa de modificaciones de matrícula que emite la secretaría, de acuerdo con lo que se establece el decreto de precios públicos vigente. |
Observaciones |
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Resolución de la solicitud |
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Quién |
El centro donde se ha presentado la solicitud. |
Cuándo |
Siempre que sea posible, 5 hábiles después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede y como máximo, dentro de los 10 días posteriores a la solicitud. * En estos plazos, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. |
Cómo |
•Una vez valorada la solicitud en sentido favorable, la secretaria matriculará las asignaturas solicitadas y generará el recibo correspondiente al importe de la ampliación de matrícula. La constancia de la ampliación en el expediente académico del estudiante sustituye la notificación personal expresa (puede consultarse en la Intranet - consulta de expediente académico). El estudiante también puede imprimirse el recibo de la matrícula a través de la plataforma "mis recibos" donde figurará ya la ampliación. •Si se desestima la solicitud se notificará de forma expresa a la persona interesada. |
Efectos económicos |
El estudiante recibirá un correo electrónico donde se le comunicará que debe abonar el recibo resultante de la modificación de su matrícula y la tasa correspondiente, si procede. |
Observaciones |
Los centros pueden autorizar la ampliación de asignaturas, siempre que dispongan de plazas vacantes y el estudiante esté al corriente del pago. |
En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.