Reconocimiento en forma de créditos de la experiencia laboral y profesional acreditada para los estudios de Grado
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites de la solicitud
|
Quién
|
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.
|
Dónde
|
A través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV.
Consulta otras posibles vías de presentación de documentos.
|
Cuándo
|
Período: Del 2 de mayo al 30 de octubre.
(*) Consulta el curso en el que tendrá efectos académicos el reconocimiento en el apartado de resolución de la solicitud.
|
Cómo
|
Presentando la documentación siguiente:
|
Coste
|
Se debe abonar el importe de la tasa de estudio de reconocimiento, que emite la secretaría, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente.
(Consultar también otros efectos económicos en el apartado de resolución de la solicitud)
|
Observaciones
|
-
La Junta de Centro debe aprobar los criterios específicos que se aplicarán para evaluar el reconocimiento y los debe hacer públicos.
-
En ningún caso pueden ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Grado.
-
El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de la experiencia laboral y profesional no puede ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios. En este porcentaje computan también, si procede, los créditos reconocidos procedentes de estudios universitarios no oficiales (títulos propios y formación permanente).
En los estudios de grado, teniendo en cuenta sólo la vía del reconocimiento de la experiencia laboral, el número máximo de créditos que se pueden reconocer queda establecido en:
- Grado de 180 créditos: 27 créditos
- Grado de 240 créditos: 36 créditos
- Grado de Arquitectura (330 créditos): 49,5 créditos
- Grado de Medicina (360 créditos): 54 créditos
Los créditos reconocidos, a petición del estudiante, pueden ser aplicados:
-
En su totalidad, en la matrícula del curso académico en que se presenta la solicitud.
-
De manera parcial, entre la matrícula del curso académico en que presenta la solicitud y durante los cursos académicos posteriores en que se continúen los estudios para los cuales se haya solicitado el reconocimiento. En este caso será responsabilidad del estudiante solicitar progresivamente, en el período establecido, la incorporación al expediente de los créditos reconocidos.
-
Los centros tienen publicados los criterios que se aplican en la resolución del reconocimiento de la experiencia laboral y profesional (podéis consultar los criterios específicos para cada centre/estudio).
|
Resolución de la solicitud
|
Quién
|
El/La decano/a o director/a del Centro.
|
Cuándo
|
Como máximo un mes después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si es necesario.
* En el cumplimiento de estos plazos, se tendrá en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.
|
Cómo
|
-
Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada.
-
Se actualizará el expediente del estudiante, si es necesario.
- Las solicitudes presentadas entre el 2 de mayo y 20 de junio de 2024 tendrán efectos académicos para al curso 2023-24 (no podrán ser de aplicación si las asignaturas a reconocer están matriculadas en el curso 2023-24).
-
Las solicitudes presentadas entre el 21 de junio y el 30 de octubre de 2024 tendrán efectos académicos y económicos para el curso 2024-25.
|
Efectos económicos
|
|
Observaciones
|
-
El centro debe evaluar la experiencia acreditada por el estudiante y la resolución del reconocimiento se debe aplicar básicamente en la asignatura de Prácticas Académicas Externas.
-
El reconocimiento de estos créditos no incorpora la calificación, por lo que no computarán los efectos de baremación del expediente.
-
Si la resolución es en sentido negativo, el centro puede considerar la opción de eximir al estudiante de cursar el período de actividad externa total o parcialmente, lo cual supone que el estudiante se debe matricular de la asignatura Prácticas Académicas Externas de manera ordinaria y que obtendrá calificación.
-
Sólo en casos específicos, el centro puede considerar la aplicación del reconocimiento en otra asignatura.
|
En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.