Traslado de expediente. Para solicitar el cambio de campus o sede y continuar con los mismos estudios (cuando se puedan reconocer un mínimo de 30 créditos)
- CONCEPTO: proceso que deben seguir los estudiantes de la URV que cursan o han cursado unos estudios de grado y quieren cambiar de campus o sede para continuar los mismos estudios. Solo será posible valorar el traslado cuando se puedan reconocer un mínimo de 30 créditos.
Curso de aplicación: 2024-25
Trámites de la solicitud |
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Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. |
Dónde |
A través de los trámites en línea (accediendo al enlace de Registro en línea de otros trámites administrativos) de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV. |
Cuándo * |
Hay que tener en cuenta que los periodos de solicitud pueden cambiar cada curso. Recomendamos que se consulten cada curso académico. |
Cómo |
Presentando la documentación siguiente: |
Coste |
La solicitud de este trámite no tiene ningún coste (consultad, si es necesario, el apartado de efectos económicos de la resolución). |
Observaciones |
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Resolución de la solicitud |
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Quién |
El/La decano/a o director/a del Centro. |
Cuándo |
Las solicitudes presentadas en primera fase se resolverán como máximo un mes después de haber finalizado el período y siempre que el estudiante haya presentado la solicitud y documentación completa, si procede. Las solicitudes presentadas en segunda fase se resolverán como máximo hasta el 15 de septiembre. En el cumplimiento de estos plazos, se deberá tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. |
Cómo |
Se debe notificar a la persona interesada la resolución correspondiente, que debe contener la aceptación o la denegación del cambio de campus o sede, con la indicación clara que no tendrá reconocimiento académico hasta que no haya formalizado la matrícula en el nuevo campus o sede. |
Efectos económicos |
Los estudiantes a los que se les ha concedido el cambio deben abonar los derechos de traslado en el campus o sede de origen. |
Observaciones |
La junta de centro debe aprobar los criterios y el número de plazas que tendrá en cuenta para aceptar las solicitudes de cambio de campus o sede. |
Formalización de la matrícula |
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Quién |
La persona interesada o debidamente autorizada. |
Cuándo |
Durante el período que le corresponda matricularse, que se hace constar en la misma resolución (la matrícula de los estudiantes admitidos por esta vía será durante el mes de setiembre). |
Cómo |
El estudiante se matricula de las asignaturas que quiere cursar durante el curso académico. |
Efectos económicos |
El estudiante debe abonar el recibo generado para la formalización de su matrícula. |
Observaciones |
Si el estudiante aceptado no formaliza o anula posteriormente la matrícula, se entenderá que el traslado no tiene efecto. De oficio, la secretaría del centro lo devolverá a la universidad de origen y lo notificará. |
En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.