Aspectos importantes de las normas de Permanencia. Máster
Los estudiantes que iniciaron sus estudios el curso 2023-24 para poderse matricular el curso 2024-25 tendrán que cumplir los requerimientos académicos establecidos en el artículo 12 de la Normativa de matrícula de grado y máster.
Curso de aplicación: 2024-25
Estudiantes de máster de nuevo acceso
Observaciones |
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Mínimo de créditos a matricular (*) |
18 |
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Máximo de créditos a matricular |
72 |
Para poder matricular más de 72 créditos se requiere la autorización del centro. |
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Mínimo de créditos a superar para poder continuar estudios |
6 créditos de asignaturas obligatorias |
Estudiantes de máster cursos posteriores
Observaciones |
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Mínimo de créditos a matricular (*) |
18 |
Excepto en los casos en que quede un número inferior de créditos para finalizar los estudios. |
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Máximo de créditos a matricular |
72 |
Para poder matricular más de 72 créditos se requiere la autorización del centro. |
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Obligatoriedad de matrícula en cursos posteriores |
Los estudiantes deberán matricular las asignaturas obligatorias matriculadas y no superadas el curso anterior. |
Estudiantes de enseñanzas exclusivamente virtuales
Observaciones |
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Mínimo de créditos a matricular (1r curso y posteriores) |
12 |
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Máximo de créditos a matricular |
72 |
Para poder matricular más de 72 créditos se requiere la autorización del centro. |
Mínimo de créditos a superar para poder continuar estudios |
6 créditos de asignaturas obligatorias |
(*) En el caso de estudiantes que simultaneen dos másteres, no se establece ninguna restricción y se respeta el mínimo de créditos de que se tienen que matricular.