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URV

Adaptación entre un plan de estudios que se extingue y uno de nuevo de la URV (reconocimiento de créditos al máster)

  • CONCEPTO: aceptación de los créditos que, obtenidos en máster universitarios oficiales de la URV que se extinguen para la implantación del correspondiente nuevo título de máster universitario, computan en el nuevo máster de la URV a los efectos de la obtención de un título oficial.

Curso de aplicación: 2024-25

 

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

Período: desde el 2 de mayo hasta el 30 de octubre.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

Coste

Este trámite conlleva el pago de la tasa de estudio de reconocimiento.

Observaciones

  • Se aplicarán las tablas de adaptación y de reconocimiento entre los estudios de procedencia y los de destino que se hayan podido establecer en el plan de estudios. 

  • La URV debe resolver las peticiones de asignaturas efectivamente cursadas y debe ratificar las convalidaciones y los reconocimientos otorgados por otros centros/universidades. Se debe valorar el programa de las asignaturas que se cursaron en el plan de estudios de origen. 

  • En ningún caso pueden ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Máster. 

                                          

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de presentar la solicitud. Como máximo cinco días hábiles después, salvo en los casos que las actas de las convocatorias pendientes del estudiante no estén cerradas.

* En estos plazos hay que tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

Cómo

  • Se entrega la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada.

  • Se actualiza automáticamente el expediente del estudiante, si es necesario (las resoluciones desfavorables se deben notificar al estudiante).

Efectos económicos

Los estudiantes estarán exentos del pago del 20% del precio del crédito de las asignaturas que le sean reconocidas.

Observaciones

El estudiante debe matricularse en las otras asignaturas que haya de cursar dentro del período de matrícula.

Los créditos que no se reconozcan serán transferidos de oficio al nuevo expediente con efectos meramente informativos.

Si un estudiante, una vez resuelta la adaptación, solicita anular la solicitud inicial, el centro podrá resolverlo positivamente. Esta gestión conllevará el pago de la tasa de modificación. En el caso de que el estudiante ya haya formalizado la matrícula, en el nuevo plan de estudios, se procederá de oficio, al traspaso del importe de los créditos matriculados. En la nueva matrícula se deberá abonar de nuevo las tasas.

Si un estudiante, una vez matriculado en el plan viejo, pide adaptarse, por el mismo curso académico, en el nuevo plan de estudios, el centro podrá aceptar su solicitud. Hará falta que el estudiante se matricule en el nuevo plan de estudios y una vez formalizada la matrícula se traspasará al nuevo expediente el importe total de la matrícula ya abonada en el plan viejo. En la nueva matrícula se tendrá que abonar las tasas de modificación de matrícula que correspondan.

 En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.