Órganos de Ética de la Investigación y la Innovación
2. Los órganos éticos de investigación e innovación (I+i) de la URV son:
a) Comisión de Ética para la Investigación y la Innovación (CERI)
b) Los comités de evaluación y seguimiento:
- Comité Ético de Investigación con medicamentos del Instituto Pere Virgili (CEIm-IISPV)
- Comité Ético para la Experimentación con Animales (CEEA)
- Comité Ético de Investigación en Personas, Sociedad y Medio Ambiente (CEIPSA)
c ) Comisión de Ética para la Integridad en I+i (CEIR)
2.1. Objetivos
Los objetivos comunes que comparten estos órganos son:
- Velar porque todas las actividades de I+i en la URV se desarrollen de acuerdo con las exigencias metodológicas, éticas y legales europeas, sin perjuicio de los informes que deban emitir los servicios jurídicos universitarios cuando la normativa general o universitaria lo requiera. Cada organismo actúa dentro de su ámbito de competencia.
- Asegurar que todas las actividades de I+i superen las evaluaciones éticas necesarias.
- Certificar ante las autoridades correspondientes que se han cumplido los objetivos anteriores.
El vicerrectorado competente en política científica debe velar por el correcto funcionamiento de estos órganos de ética de la investigación y la innovación.
2.2. Ámbito
El ámbito de aplicación de estos órganos incluye todas las actividades de I+i que se desarrollen en la URV y que comporten las actuaciones que se especifican a continuación:
1. La Comisión de Ética para la Investigación y la Innovación (CERI) tiene como objetivo velar por las prácticas éticas en las actividades de I+i en la URV y facilitar y coordinar las actividades de evaluación y seguimiento de todos los órganos éticos.
2. El ámbito de actuación de los comités de evaluación y seguimiento incluye las actividades siguientes:
a) Comité Ético de Investigación con medicamentos (CEIm-IISPV): investigación biomédica en seres humanos, q
i. Proyectos de investigación que utilicen datos personales de salud, estudios observacionales o muestras biológicas humanas.
ii. Ensayos clínicos con medicamentos
iii. Búsqueda clínica con productos sanitarios
iv. Estudios observacionales posteriores a autorización con medicamentos.
b) Comité Ético para la Experimentación con Animales (CEEA): uso de animales para experimentos y otros fines científicos, incluyendo la docencia. Esta comisión debe colaborar con el IISPV
c) Comité Ético de Investigación en Personas, Sociedad y Medio Ambiente (CEIPSA): evaluación de las actividades de I+i que implican:
i. Seres humanos (incluido el tratamiento de datos personales)
ii. Uso de agentes biológicos, organismos modificados genéticamente y factores de riesgo significativos para las personas, la sociedad y el medio ambiente
iii. Estudio de cuestiones y fenómenos sociales y ambientales
Si la investigación implica el tratamiento de datos personales de salud, el CEIm-IISPV debe encargarse de la evaluación y el seguimiento de la actividad. Si la investigación implica la utilización de animales modificados genéticamente, esta debe ser evaluada y controlada por el CEEA.
3. La Comisión de Ética para la Integridad en I+i (CEIR) se ocupa de las actuaciones contrarias a los principios y requisitos generales establecidos en la Carta Europea del Investigador, aplicables tanto al personal docente e investigador y personal de administración y servicios, como a la propia URV como institución.